Subsidio, exoneraciones y prórroga en el cobro de Contribución Rural

La Intendencia de Montevideo adecuó el régimen de la contribución inmobiliaria de los padrones rurales, en función de los valores establecidos por el gobierno nacional a través de la Dirección Nacional de Catastro.

De los 8.330 padrones rurales de Montevideo 1.280 están exonerados del pago, 1.200 padrones no sufrieron modificaciones, 2.050 vieron reducido el valor del impuesto y 3.800 fueron objeto de un incremento, que corresponde a los nuevos valores estipulados en 2016 por Catastro.


Beneficios

Exoneración de la contribución rural

Se mantiene la posibilidad de exonerar la contribución en padrones que cumplen con ciertos requisitos, por ejemplo:

  • Propiedades de hasta 50 ha/Coneat exoneran el 100%
  • Propiedades entre 50 y 200 ha/Coneat exoneran el 50% 

Este trámite abre cada año en enero y cierra en abril. Durante el 2024 se mantendrá abierto hasta el 30 de octubre para que los productores familiares puedan solicitar la exoneración. 

Para solicitar este trámite los productores familiares deberán estar inscriptos y activos en el Registro de Productores Familiares Agropecuarios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Ver trámite de solicitud de exoneración de la contribución inmobiliaria rural para productores familiares.


No retroactividad

Esta nueva obligación tributaria no tendrá carácter retroactivo. Esto significa que no se generará ninguna deuda anterior a la fecha de actualización de los valores.


Pago gradual

El pago de los nuevos valores se implementará de manera gradual y en cuotas, y se extenderá el plazo de la segunda cuota de la contribución al 30 de noviembre. Es decir, la factura que vence en julio vencerá en noviembre.


Subsidios

Se subsidiará el pago de los nuevos valores a padrones y personas que cumplen con determinadas características:

  1. Los criterios vigentes de exoneración del 100% de la contribución para personas jubiladas y pensionistas propietarias de padrones urbanos se aplicarán también a las y los propietarios de inmuebles rurales.

  2. Se beneficiará a las y los pequeños productores subsidiando el 100% del aumento en 2024, el 60% en 2025 y el 20% en 2026. Para ello se considerará un tope anual de ingreso (según Literal E o IMEBA).

Consultá tu contribución


 

Atención personalizada

Por cualquier consulta referida a esta actualización podés enviar la palabra “rural” por Whatsapp al 099 019 500 o escribir un correo electrónico a tramites.ingresos.inmobiliarios@imm.gub.uy

No olvides tener a mano el número de padrón del inmueble.
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