Asesoría Jurídica

Última actualización: 11.01.2022 - 13:11

Cometido

Artículo R.19.62

  1. Prestar asesoramiento jurídico al Intendente y a las demás autoridades y dependencias municipales, incluidos los centros comunales zonales y las autoridades locales.
  2. Dictaminar en el trámite de las peticiones y los recursos administrativos cuya resolución compete al Intendente.
  3. Cumplir los servicios que la ley asigna a las intendencias municipales en materia de registro del estado civil, propendiendo a la mayor difusión de la información contenida en su base de datos, procurando la mayor accesibilidad del servicio a todos los montevideanos.
  4. Sustanciar la actividad jurisdiccional de la Intendencia, con excepción de las acciones ejecutivas en materia tributaria y del cobro ejecutivo de multas.
  5. Patrocinar a la Intendencia ante los tribunales de la República e informar sobre la responsabilidad de sus funcionarios por sus actos cuando se generan perjuicios para el municipio o para terceros.
  6. Promover los juicios de desalojo y de expropiación, y requerir las órdenes de allanamiento cuando correspondan.
  7. Instruir y dictaminar en los sumarios e investigaciones administrativas dispuestos por el Intendente, e informar en materia disciplinaria.
  8. Radicar denuncias penales ante la comisión de hechos con apariencia delictiva, tanto por parte de personal municipal como de particulares conforme lo dispuesto por el artículo 177 del Código Penal.
  9. Recopilar y sistematizar las normas municipales y nacionales con incidencia en la materia departamental, así como mantener actualizada la colección bibliográfica de la comuna en materia jurídica, adquiriendo los libros y revistas a esos efectos e incorporándolos a su base de datos.
  10. Brindar el servicio de información normativa proporcionando al público en general y a los funcionarios municipales el texto de las normas departamentales que soliciten.
  11. Mantener actualizado el Digesto Municipal, proponiendo las modificaciones correspondientes y difundiendo las actualizaciones efectuadas a los distintos volúmenes.
  12. Analizar, revisar, verificar, compilar y actualizar la normativa departamental y/o nacional, contenida tanto en el Digesto Municipal como en los demás cuerpos normativos que las compilan a nivel municipal.
  13. Crear y mantener una base de datos que contenga la totalidad de las normas fuentes de los cuerpos compilados.
  14. Monitorear y sugerir las modificaciones necesarias en la base digital de las normas compiladas en coordinación con la División Tecnología de la Información.
  15. Asesorar en materia de contratos y demás actos jurídicos que celebre la Intendencia.
  16. Asesorar en los proyectos de decretos y resoluciones sobre normativa departamental.
  17. Sustanciar la actividad notarial de la comuna, en particular:
  • Cumplir todos los actos notariales de la Intendencia de Montevideo no encomendados especialmente a otras reparticiones.
  • Llevar los registros notariales: protocolo y registro de protocolizaciones de la Intendencia y autorizar en él los actos y contratos en que el municipio es parte.
  • Proceder a la escrituración de viviendas y condominios municipales a favor de terceros.
  • Escriturar bienes a favor de la Intendencia, y de terceros cuando corresponda.
     

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