Publicado: 09.05.2014 - 16:16 | Última actualización: 17.05.2022 - 13:16

Efluentes industriales

La vigilancia, control y monitoreo de las industrias generadoras de efluentes residuales en sus procesos productivos localizadas en el departamento de Montevideo es competencia de la Unidad de Efluentes Industriales (UEI), dependiente del Servicio Evaluación de la Calidad y Control Ambiental.

La UEI es responsable de verificar que las empresas cumplan con la normativa departamental y nacional, relacionada con la disposición final de efluentes, tanto en la red de colectores, cursos de agua como infiltrando al terreno.

Antecedentes

En el año 1968 se promulgó la ordenanza sobre disposición de aguas residuales industriales, Decreto Nº 13.982 de la Junta Departamental de Montevideo, reglamentándose por Resolución Nº 16.277.

A partir de la vigencia del Decreto 253/79 del Poder Ejecutivo, se establecen nuevos parámetros y límites para vertimiento de efluentes a colector, curso de agua e infiltración.

En el año 1996, a instancias del Plan de Saneamiento Urbano (etapa III), se aprobó el Plan de Reducción de la Contaminación Industrial, por Resolución Nº 761/96. En dicho plan se implementó el Programa de Monitoreo Industrial, estableciéndose tres categorías para clasificar las industrias del departamento (prioridad 1ª, 2ª y 3ª).

El programa se ha ido adaptando y actualizando a través de los años, transformándose en el Programa de Control y Monitoreo de Industrias del Departamento de Montevideo, el cual tiene como objetivo controlar y evaluar en forma semestral el cumplimiento de la normativa referida al vertido de efluentes residuales industriales. En los meses de julio y diciembre de cada año se informa a la población el grado de cumplimiento de las industrias (identificadas por ramo y cuenca de vertimiento).

Desde el año 1994 la UEI viene aplicando una herramienta de gestión, sustentada en el criterio de autocontrol de las empresas. La demostración de que las empresas realizan el control de operación y mantenimiento de sus plantas de Tratamiento de Efluentes (PTE) implicaba la obligatoriedad de presentar  informes cuatrimestrales (IC) en marzo, julio y noviembre de cada año. El informe era elaborado bajo la responsabilidad del representante de la empresa, del responsable técnico de la PTE y del profesional a cargo de los análisis realizados al efluente generado.

Actualmente, se presentan informes de operación (IO) de los sistemas de tratamiento, con una frecuencia que puede ser cuatrimestral o annual, según corresponda. 

Actividades de control y monitoreo de efluentes

  • Vigilancia y control de las plantas de tratamiento de efluentes industriales (PTE).
  • Monitoreo de los efluentes vertidos por las industrias a la red de colectores, cursos de agua e infiltración al terreno.
  • Evaluación de informes de operación (IO) y funcionamiento de las plantas de tratamiento de efluentes (PTE). Frecuencia cuatrimestral o anual, según corresponda.
  • Informes semestrales (comunicación pública) del grado de cumplimiento de la normativa por parte de las industrias (publicados en este sitio).
  • Informe anual de actividades de la UEI y comportamiento de los efluentes vertidos por las industrias.
  • Evaluación de la viabilidad de uso del suelo y/o viabilidad ambiental de localización, en aquellos proyectos industriales o comerciales que generen efluentes residuales en sus procesos productivos.
  • Constancias de registro de empresas.
  • Atención de denuncias.
  • Aplicación de las sanciones (multas, clausuras) en los casos que correspondan.

Más información

Normativa aplicable

  • Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 13.982 (junio 1967).
  • Resolución de la Intendencia de Montevideo Nº 16.277 (julio 1968).
  • Resolución de la Intendencia de Montevideo Nº 117/97 (marzo 1997).
  • Resolución de la Intendencia de Montevideo Nº 162/97 (abril 1997).
  • Decreto del Poder Ejecutivo Nº 253/79 y sus modificativos.
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