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Plan Parcial de Ordenación y Desarrollo Urbano de la Unidad Alimentaria de Montevideo (UAM)

La Intendencia de Montevideo, a través de su departamento de Planificación, anunció la realización de la Audiencia Pública, de acuerdo a lo que establece la ley 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible.
Publicado:
03/11/2015 - 17:51
/ Última actualización:

Dicho acto se realizó el día 12 de diciembre de 2013  en el local de la Comisión de Fomento Los Bulevares (calle Ideario Artiguista 2145 y Zanja Reyuna).

El Plan Parcial de Ordenación y Desarrollo Urbano de la Unidad Alimentaria de Montevideo y su entorno es un instrumento de ordenamiento territorial, enmarcado en la Ley Nº 18.803 (junio 2008) y derivado del Plan de Ordenamiento Territorial de Montevideo. Atiende, a su vez, a los objetivos planteados por las Directrices Departamentales de Montevideo de 2013.

El plan propone:

  • el desarrollo de la Unidad Alimentaria de Montevideo
  • en la zona, la realización de mejoras y adaptación de la vialidad, el transporte y la movilidad general
  • la conexión y ampliación de la red de saneamiento
  • la creación de espacios públicos y mejoras de los existentes
  • la recuperación ambiental del Arroyo Pantanoso
  • la protección y preservación de áreas rurales contiguas
  • la previsión de nuevo suelo para uso habitacional y otros usos.

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Memoria ordenación - Tapa ( pdf - 1.41 MB)