Solicitud de beneficios por nuevas medidas de alivio financiero
Dada la continuidad de la emergencia sanitaria, la Intendencia decidió aplicar nuevas medidas para contribuir a la disminución de la presión fiscal y la reactivación de sectores comerciales de la ciudad.
Estas decisiones, establecidas según el Decreto Nº 37.546, se suman a las ya adoptadas en marzo de este año por la comuna.
Las y los beneficiarios de las medidas son:
- Personas físicas con núcleos familiares en situación actual o que hayan estado en seguro de paro o hayan sido despedidos de sus trabajos a partir de marzo de 2020.
- Personas físicas con núcleos familiares portadores de la tarjeta Uruguay Social o que hayan recibido canastas de emergencia del Mides.
- Personas beneficiadas con esperas por parte del Tribunal de Quitas y Esperas, que venían abonando el tributo corriente.
- Monotributistas y titulares de unipersonales comprendidos en el tope de ventas establecido en el Texto Ordenado de la Dirección General Impositiva (literal E del artículo 52, del Capítulo IX - Exoneraciones - Título 4 - Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas del Texto Ordenado de 1996).
- Hoteles.
- Salones de fiestas o eventos registrados en el Servicio de Convivencia Departamental.
Los conceptos comprendidos son los adeudos por un período máximo que va de la última cuota del año 2019 a la última del 2020, para todos los tributos y precios (incluidas cuotas de convenios).
No se puede tener deudas previas a la última cuota del año 2019.
Además quedan excluidos:
- Los establecidos en contratos de licitación pública.
- Multas por infracciones.
- Todos los conceptos que se cobran a través del Sucive (Patente de Rodados, Multas de Tránsito y trámites, entre otros).
Beneficios
- Exoneración de multas y recargos generados desde el 1° de marzo hasta el 30 de junio de 2021, de las cuotas adeudadas desde la última del 2019 y hasta la última del 2020.
- Posibilidad de financiar hasta en 12 cuotas mensuales el período adeudado sin interés de financiación, teniendo plazo para hacerlo hasta el 30 de junio de 2021.
- Postergación de los vencimientos de cuotas de convenios impagas desde la última de 2019 paga, para pagar a partir de enero de 2021.
Cómo realizar la solicitud
Para tramitar o informarse acerca de los beneficios, se debe solicitar entrevista personal agendándose en este sitio web y comparecer ante el Servicio de Gestión de Contribuyentes (atrio del edificio sede de la IM, ingreso por calle Soriano, espacio de Atención a la Ciudadanía).
Requisitos
- Adeudar como máximo desde la última cuota del año 2019 del tributo o concepto por el cual se solicita el beneficio, al momento de solicitarlo.
- En el caso de contribuyentes con beneficios vigentes del Tribunal de Quitas y Esperas, no se tendrá en cuenta el período de la deuda anterior –suspendida por resolución– siempre que no exista deuda no suspendida anterior a la última del año 2019.
- Acreditar vinculación con el tributo o precio por el cual se solicita el beneficio y domiciliarse en el inmueble origen de la deuda, aportando la documentación requerida.
Por más información o consultas, se sugiere visitar este sitio web.