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Fondo Concursable de Cultura Inclusiva

El Fondo Concursable de Cultura Inclusiva es una iniciativa destinada a promover el desarrollo de proyectos culturales que incorporen la accesibilidad, la participación y la inclusión como principios fundamentales de su diseño, implementación y difus
Publicado:
01/10/2026 - 11:58
/ Última actualización:

El Fondo tiene por finalidad fortalecer el ejercicio efectivo de los derechos culturales de todas las personas, promoviendo propuestas que contribuyan a eliminar barreras y ampliar las oportunidades de creación, producción, circulación y disfrute de bienes y actividades culturales. 

Mediante esta convocatoria, la Intendencia de Montevideo procura estimular iniciativas innovadoras que favorezcan la participación activa de personas con discapacidad y otros colectivos históricamente subrepresentados, impulsando una cultura más accesible, diversa y democrática en todo el departamento.

El Fondo Concursable de Cultura Inclusiva constituye un mecanismo de financiamiento competitivo destinado a apoyar proyectos culturales de interés público que promuevan la inclusión y la accesibilidad en el departamento de Montevideo. Los apoyos económicos otorgados tendrán carácter no reembolsable y deberán destinarse exclusivamente a la ejecución de los proyectos aprobados, de acuerdo con el presupuesto presentado y las condiciones establecidas en las bases.

La Secretaría de Discapacidad será la unidad responsable de la coordinación general del Fondo, pudiendo requerir información adicional durante cualquiera de las etapas de evaluación, ejecución y seguimiento de los proyectos.


¿Quiénes pueden postularse?

Las propuestas podrán estar integradas o no por personas en situación de discapacidad. La participación de personas en situación de discapacidad no será un requisito excluyente para las propuestas grupales, aunque se valorará positivamente su inclusión.

Podrán presentar proyectos:

  • Personas físicas mayores de 18 años.
  • Personas jurídicas de derecho público o privado con domicilio o actuación en Montevideo.
  • Colectivos artísticos, culturales o comunitarios, aun cuando no cuenten con personería jurídica.
  • Instituciones educativas, sociales o culturales con sede o actuación en Montevideo.

En los casos de colectivos deberá designarse a una persona responsable del proyecto, quien actuará como representante ante la Intendencia de Montevideo durante todo el proceso de postulación, adjudicación, ejecución y rendición de cuentas. A tal efecto se adjunta en los anexos, los formatos de estas designaciones.

No podrán presentarse a esta convocatoria:

  • Las personas integrantes del Comité de Evaluación, así como quienes mantengan con ellas vínculo de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, sean cónyuges o mantengan unión concubinaria.
  • Las personas que mantengan una relación funcional o contractual vigente con la Secretaría de Discapacidad de la Intendencia de Montevideo y cuya participación pueda generar conflicto de intereses.
  • Quienes se encuentren inhabilitados para contratar con organismos públicos, de acuerdo con la normativa vigente.
  • Las personas responsables de proyectos que mantengan rendiciones pendientes o incumplimientos derivados de convocatorias anteriores de la Intendencia de Montevideo, salvo resolución expresa en contrario.

La existencia de cualquiera de estas situaciones podrá dar lugar a la desestimación de la postulación o, si fuera detectada con posterioridad a la adjudicación, a la revocación del beneficio otorgado.


Categorías

  1. Artes escénicas. Comprende proyectos de teatro, circo, títeres, carnaval, narración oral y otras expresiones escénicas.
  2. Danza. Incluye propuestas de danza en cualquiera de sus estilos y formatos.
  3. Artes visuales. Comprende pintura, muralismo, ilustración, escultura, grabado, instalaciones
    y otras manifestaciones visuales.
  4. Música. Incluye creación, producción, interpretación y circulación de propuestas musicales.
  5. Literatura y promoción de la lectura. Comprende escritura, edición, narración, mediación lectora y otras iniciativas vinculadas al libro y la lectura.
  6. Audiovisual y nuevos medios. Incluye fotografía, cine, video, animación, contenidos digitales, arte multimedia y proyectos transmedia.
  7. Proyectos interdisciplinarios. Podrán presentarse en esta categoría aquellas iniciativas que integren dos o más disciplinas artísticas sin que ninguna de ellas resulte claramente predominante en las anteriores categorías.


Montos

En esta edición, el Fondo de Cultura Inclusiva dispondrá de hasta $2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos) para financia proyectos por hasta un máximo de $100.000 (cien mil pesos uruguayos) cada uno.

El Comité de Evaluación podrá recomendar el financiamiento total o parcial del monto solicitado cuando considere que los objetivos del proyecto pueden alcanzarse con un presupuesto inferior o cuando determinados gastos no resulten financiables conforme a las bases.


Plazos

  • Inscripciones: del 1 al 31 de octubre.
  • Evaluación: del 1 al 16 de noviembre.
  • Anuncio de propuestas ganadoras: entre el 30 de noviembre y el 4 de diciembre, en el marco de Montevideo sin Barreras 2026.

 

Inscripciones

Las inscripciones se realizan por formulario web del 1 al 31 de octubre de 2026.

Para inscribirte necesitás descargar los siguientes documentos, completarlos y adjuntarlos en el formulario:

Bases completas edición 2026

Por consultas podés comunicarte con la Secretaría de Discapacidad

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