Pasar al contenido principal

¿Gestionás bien tus residuos?

La Intendencia de Montevideo se encuentra trabajando para mejorar la limpieza y la gestión de residuos en el departamento, con acciones específicas en cada municipio.

 

Residuos comerciales o de instituciones

Las actividades comerciales, institucionales y otras que generan residuos no domiciliarios deben gestionarlos adecuadamente de acuerdo con la normativa departamental.

Si tu actividad genera residuos no domiciliarios, tenés estas obligaciones:

  • Presentar la Declaración de Gestión de Residuos Sólidos No Domiciliarios.
  • Contratar un servicio de recolección con empresas transportistas habilitadas por la Intendencia de Montevideo.

 

Importante

Los residuos no domiciliarios:
  • No pueden depositarse dentro de los contenedores de la vía pública.
  • No pueden dejarse fuera del contenedor en la vía pública.

Los contenedores instalados en la calle están destinados exclusivamente a residuos domiciliarios, que generan los vecinos y vecinas en sus hogares.

Evitá sanciones

Las infracciones pueden implicar multas de hasta 350 UR, según lo establecido en Artículos 1899, 1917 a 1918.3 del Digesto Departamental, y Artículo 4 Literal "B" del Decreto 21.626 (Régimen Punitivo Departamental), de acuerdo a la actualización realizada por Resolución 2287/13.

Enlaces relacionados

 

Por más información y consultas:

Residuos domiciliarios

En todos los hogares se generan residuos domiciliarios y, ocasionalmente, residuos voluminosos, como muebles, electrodomésticos, podas u otros de gran volumen.

Para su adecuada gestión, es obligatorio:

  • Depositar los residuos domiciliarios dentro del contenedor más cercano.
  • Gestionar adecuadamente los residuos voluminosos a través de los servicios disponibles.

 

Importante

  • Los residuos domiciliarios no pueden dejarse fuera del contenedor ni en la vía pública.
    La disposición de residuos fuera del contenedor o en la vía pública es pasible de sanción.
  • Los residuos voluminosos (muebles, electrodomésticos, podas u otros) no pueden depositarse al lado del contenedor o en la vía pública.
    Los contenedores instalados en la calle están destinados exclusivamente a la disposición de residuos domiciliarios de generación cotidiana en los hogares.

Evitá sanciones

Las infracciones pueden implicar multas de hasta 350 UR, según lo establecido en los Artículos 1899, 1917 a 1918.3 del Digesto Departamental, y Artículo 4 Literal "B" del Decreto 21.626 (Régimen Punitivo Departamental), de acuerdo a la actualización realizada por Resolución 2287/13.

Enlaces relacionados

 

¿Necesitás ayuda?