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Normativa vigente para aguas

Los resultados se evalúan en términos de cumplimiento o incumplimiento de los parámetros determinados en relación con los límites de la normativa nacional vigente, según la Clase 3 del Decreto 253/79 y modificativos.
Publicado:
16/05/2014 - 17:09
/ Última actualización:
Autor:
Intendencia de Montevideo / Martín Atme
Monitoreo de Humedales del Río Santa Lucía

La Clase 3 hace referencia a cursos o tramos de cursos de agua destinados a la preservación de los peces y otros integrantes de la flora y fauna hídrica.
 

Olor No perceptible
Materiales flotantes y espumas no naturalesAusentes
Color no naturalAusente
TurbiedadMáximo 50 UNT
pH6.5-8.5
ODMín 5 mg/L
DBO5Máx 10 mg/L
Aceites y grasasVirtualmente ausentes
Detergentes (medidos como sustancias activas al azul de metileno)Máx 1 mg/L en LAS
Sustancias fenólicasMáx 0.2 mg/L en fenol
Amoníaco libreMáx 0.02 mg/L N
NitratosMáx 10 mg/L  en N
Fósforo totalMáx 0.025 mg/L en P
Coliformes fecalesNo se deberá exceder el límite de 2000 CF/100 ml en ninguna de al menos 5 muestras, debiendo la media geométrica de estas estar por debajo de 1000CF/100 ml
CianuroMáx 0.005 mg/L
ArsénicoMáx 0.005 mg/L
CadmioMáx 0.001 mg/L
CobreMáx 0.2 mg/L
Cromo totalMáx 0.05 mg/L
MercurioMáx 0.0002 mg/L
NíquelMáx 0.02  mg/L
PlomoMáx 0.03 mg/L
ZincMáx  0.03 mg/L

 Tabla. Límites de parámetros de calidad de agua (Clase 3) según Decreto 253/79.

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