Gestión de permisos de construcción de vivienda popular
Se conceden los respectivos permisos de construcción con planos de vivienda económica para:
- Construcción de vivienda según planos tipo otorgados por nuestro servicio.
- Construcción de una segunda vivienda cuando el predio tenga dos o más propietarios o que la segunda vivienda sea habitada por familiares directos (padres, hijos o hermanos) del propietario del solar.
- Ampliación de vivienda aprovechando construcciones existentes.
Pueden acceder a dichos permisos familias cuyo único bien inmueble sea el terreno en el que se va a construir la vivienda y posean un ingreso situado entre 38 y 70 UR.
El o los propietarios del inmueble deben concurrir al Servicio de Tierras y Hábitat (edificio sede de la IM, piso 10, de 10.00 a 16.00 horas, con la documentación necesaria). El costo del trámite es de 4 UR, la primera se paga al momento de solicitar el permiso, las dos siguientes al momento de las inspecciones, y la última al solicitar el final de obra.
Una vez autorizado el Permiso de Construcción de Vivienda Popular, los interesados deben firmar los demás recaudos para su retiro, previo empadronamiento en la Dirección General de Catastro.