Carril Solo Bus
El carril Solo Bus es la parte demarcada de la calzada (calle) destinada a la circulación preferencial de transporte colectivo de pasajeros del Sistema de Transporte Metropolitano.
Está delimitado con pintura en la calzada, sellos con la leyenda “Solo Bus” y cartelería vertical.
Busca mejorar la circulación y ordenar el tránsito para garantizar una movilidad más ágil y fluido.


Ubicación y horarios
- Av. 8 de Octubre en el tramo comprendido por Presidente Berro y Vicenza, de lunes a viernes de 7:00 a 20:00 h.
- Av. Agraciada entre Marcelino Sosa y Pablo Zufriategui y entre Emilio Romero y Av. Carlos María Ramírez, de lunes a viernes de 7:00 a 20:00 h.
- Av. Italia, ambas aceras, en los siguientes tramos:
- entre Bv. Gral. Artigas y Manuel Albo / Av. Ricaldoni, de lunes a viernes de 7:00 a 20:00 h
- entre Escuder Núñez / Las Heras y Av. Bolivia, de lunes a viernes de 7:00 a 20:00 h
- Av. Gral. Rivera en el tramo comprendido entre Bv. Gral. Artigas y Arenal Grande, sin límite de horario.
- José Enrique Rodó, entre Constituyente y Dr. Mario Cassinoni, sin límite de horario.
- Av. Fernández Crespo entre Av. 18 de Julio y Av. de las Leyes, de lunes a viernes de 7:00 a 20:00 h.
- Mercedes, en los siguientes tramos:
- entre Andes y Eduardo Acevedo, de lunes a viernes de 7:00 a 20:00 h
- entre Eduardo Acevedo y Arenal Grande, sin límite de horario
- Eduardo Víctor Haedo, en los siguientes tramos:
- entre Arenal Grande y Acevedo Díaz, de lunes a viernes de 7:00 a 20:00 h
- entre Acevedo Díaz y Bv. Artigas, sin límite de horario.
- Colonia, en los siguientes tramos:
- entre Bv. Artigas y Acevedo Díaz, sin límite de horario
- entre Acevedo Díaz y Río Branco, de lunes a viernes de 7:00 a 20:00 h
Con las cámaras de los ómnibus se fiscalizará la prohibición de estacionar y detenerse en dos tramos de dos calles que, si bien no cuentan con carril preferencial Solo Bus, tienen circulación de ómnibus:
- Av. Millán entre San Martín y Bell, acera Oeste de L a V de 7 a 14 horas y acera Oeste de L a V de 14 a 20 horas
- Av. Rivera entre Bv. Artigas y Nicolás Piaggio, todos los días de 7 a 21 horas.

Fiscalización
La fiscalización se realiza con las 58 cámaras dispuestas a bordo de ómnibus del sistema de transporte público urbano: se controlará la detención indebida y la circulación por más de 100 metros dentro del carril.
Las cámaras, que son administradas por la Intendencia de Montevideo, toman imágenes y generan un archivo que posteriormente es validado por un equipo inspectivo de la Intendencia de Montevideo, que finalmente aplica la contravención de tránsito (multa) si correspondiera.
Costo de la multa
- Desplazamiento por más de 100 metros: 3 UR
- Detención sobre el carril: 2 UR

Otros vehículos que pueden circular por el Solo Bus
- Otros vehículos de transporte colectivo (ómnibus de turismo e interdepartamentales, siempre que lleven pasajeros) debidamente autorizados por la Intendencia de Montevideo.
- Solo en caso de emergencia: vehículos del Ministerio del Interior, ambulancias, vehículos de la Intendencia de Montevideo.
- Taxímetros y remises del departamento de Montevideo, siempre y cuando estén transportando pasajeros.
- Bicicletas y vehículos de movilidad personal (tales como monopatines con y sin impulso, bicicletas de pedaleo asistido y plataformas tipo segway), debiendo circular contra el cordón, y siempre que no cuenten con bicisenda o ciclovía en la misma calle, en cuyo caso deberán utilizar dicha infraestructura.
Casos en los que se puede invadir el carril Solo Bus hasta 100 m
- Vehículos para la salida e ingreso de inmuebles.
- Vehículos para giros a la derecha (hacia una transversal, salvo que la señalización o un agente de tránsito lo prohíban).
- Vehículos para el rebase de otros vehículos (según lo dispuesto por el numeral 9 del artículo 16 de la Ley 18.191).
- Detención de taxímetros y remises del departamento de Montevideo para el ascenso y descenso de pasajeros.
- Detención de taxímetros, remises y vehículos particulares para ascenso o descenso de personas con discapacidad.
- Vehículos de transporte escolar para el ascenso o descenso de escolares.
- Vehículos del Ministerio del Interior y de la Intendencia de Montevideo, así como otros vehículos autorizados por la División Transporte.