Publicado: 03.06.2020 - 16:56 | Última actualización: 16.07.2020 - 10:51
Se realizan completando un formulario web

Solicitudes de subsidio antidesalojo para residentes en pensiones finalizan el viernes 5 de junio

Tiempo de lectura: 4 minutos
El subsidio está dirigido a personas que residen en pensiones o casas de inquilinato y que por el contexto de la pandemia se encuentran en situación de emergencia habitacional.

El viernes 5 de junio finaliza el plazo para solicitar el subsidio antidesalojo, que se realiza completando este formulario web.

Consiste en un apoyo económico para aquellas personas que pueden ser desalojadas de pensiones o casas de inquilinato, por imposibilidad de pago a falta de ingresos.

Entendiendo que la vivienda significa la primera línea de defensa contra la emergencia sanitaria actual, la Intendencia diseñó este plan para atender y apoyar a quienes se encuentran en situaciones críticas a nivel habitacional.

Según un censo realizado por el Servicio de Convivencia Departamental, existen más de 200 pensiones inscriptas en Montevideo y se estima que un 20% de las personas que residen en estas se encuentran en situación límite.

¿Qué condiciones se deben cumplir para solicitar el subsidio?

  • Vivir en una pensión o casa de inquilinato que haya sido censada y esté registrada por la IM.
  • Haber sido censada/o o haber ingresado la solicitud a través del formulario web.
  • Encontrarse bajo amenaza de desalojo, ante la imposibilidad de pago.

Una vez cumplidas estas condiciones, ¿cómo se define quién recibe el subsidio?

En base a esa información recolectada en el censo o formulario web, el equipo técnico de la comuna realizará un estudio de cada caso, corroborando datos con el Banco de Previsión Social (BPS).

A partir de allí se aplicará una paramétrica. Esto significa que se dará un “puntaje” a cada información ingresada, ponderando algunas dimensiones:

  • Nivel de ingresos per cápita de los hogares
  • No contar con ingresos formales de ningún tipo (BPS)
  • Origen del ingreso
  • Composición del hogar (familias monoparentales u otras con hijas/os a cargo)
  • Situaciones de riesgo (adultos mayores, discapacidad o enfermedad crónica)
  • Identidad de género, identidad étnico-racial
  • Situación irregular de pago
  • Otras situaciones (violencia de género, liberada/o reciente)

Esto arrojará un resultado y aquellas situaciones que se encuentren dentro de la franja más vulnerada -establecida por la paramétrica- tendrán una segunda entrevista en su lugar de residencia.

Una vez reconfirmados los datos, recibirán la respuesta definitiva por parte del equipo que los visitó.

En caso de recibir el subsidio ¿cuánto y cómo se cobra?

El subsidio es de $6.000 por persona y por mes, hasta un máximo de dos meses.

Se firmará un “acuerdo de subsidio” entre la/el propietaria/o de la pensión y la/el titular del subsidio, donde se establecen condiciones para ambas partes, como el no desalojo y la no transferencia del subsidio.

En caso de no recibir el subsidio y precisar asesoramiento legal, ¿a dónde se puede dirigir?

En caso de encontrarse en alguna situación de vulneración de sus derechos, o ante amenaza de desalojo, se puso en funcionamiento una clínica de litigio estratégico, a cargo de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República.

Esta funciona los miércoles de 8:00 a 12:00 horas en la oficina departamental en Ciudad Vieja (Piedras 252).

Una vez realizado el estudio caso a caso, ¿cómo se comunica el otorgamiento o no del subsidio?

El haber sido censada/o o haber ingresado el formulario no implica la obtención automática del subsidio.

Dada la alta demanda, todas las situaciones deben ser valoradas y estudiadas según los criterios antes mencionados.

Se le informará a las personas por comunicación directa del equipo técnico a medida que se estudien las situaciones.

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