Publicado: 04.03.2022 - 10:36 | Última actualización: 11.03.2022 - 16:32
Intendencia sustituye carné por certificación digital

Habilitación para manipulación de alimentos se otorgará vía web

Tiempo de lectura: 3 minutos
  Autor: Intendencia de Montevideo / Valentin Rio
Programa Cocina Uruguay en el Mercado Agricola
 
Con el objetivo de digitalizar trámites y simplificar procesos, la Intendencia de Montevideo sustituye el carné de manipulación de alimentos por una certificación digital.

La habilitación para manipulación de alimentos tendrá una validez de cinco años y se otorgará sin costo. 

Para su obtención es obligatorio realizar un curso sobre manipulación de alimentos dictado por el Servicio de Regulación Alimentaria de la comuna, que se hace vía web o de forma presencial.

A su vez, la Intendencia habilitará a las instituciones y/o organizaciones sin fines de lucro que imparten cursos de manipulación de alimentos a que soliciten la validación de sus exámenes.

Previamente deberán presentar ante el Servicio de Regulación Alimentaria tanto el programa que imparten como los exámenes que realizan.

Se recuerda que la capacitación en inocuidad de alimentos es requisito obligatorio para todas las personas con responsabilidad de decisión y operarios involucrados en las actividades de manipulación, fraccionamiento, industrialización, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de alimentos.

Exoneración de presentación de plan de capacitación

La Intendencia también exonerará de la presentación del plan de capacitación en inocuidad de alimentos a las empresas alimentarias de los rubros:

  • Almacenes
  • Quioscos
  • Salones
  • Bares
  • Pubs (establecimientos expendedores)

Para ello, deberán acreditar cada dos años la realización de capacitación técnica (interna o externa) a su personal en técnicas de manipulación de alimentos que garanticen la inocuidad. El plan de capacitación tendrá que ser elaborado por un/a técnico/a y el/la decisor/a de la empresa o local.

Se reconocerán los carné de manipulador de alimentos o el documento que expidan otros gobiernos departamentales del país.

Exoneración de pago de tasa de registro de producto

La comuna otorgará una bonificación de hasta 100% del pago de la Tasa Bromatológica (artículo 31, decreto N° 32.265) por concepto de habilitación de la empresa, habilitación y registro de alimentos a las que tengan su planta elaboradora en un departamento del país que no sea Montevideo y cuenten con la habilitación de registro del producto en el departamento de origen.

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